Con fecha 12 de abril de 2021 se ha publicado en la web del Ministerio de Educación y Formación Profesional la resolución definitiva de la Convocatoria General de Becas del citado Ministerio del curso 2021, dando así por finalizada la convocatoria.
La Resolución del Director General de Planificación y Gestión Educativa:
La citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el Secretario de Estado de Educación o mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
De acuerdo con el artículo 52 de la convocatoria, se entiende que quedan denegadas todas aquellas solicitudes presentadas que no figuren en los listados.
El plazo para la presentación del Recurso de Reposición, según la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo, será del 13 de abril al 12 de mayo de 2021.
El impreso de recurso, gentileza de la web de Universidad de Granada:
Haz clic para acceder a RECURSO%20REPOSICI%C3%93N%20BECA%20MEFP%2020-21.pdf
Muchísimas gracias por la información y el gran trabajo que haces. Un saludo
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Buenos días, una duda: en la página del MEC me aparece el detalle de la beca concedida, pero ¿cuando me la abonarán?
Gracias
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