Becas de colaboración II: Plazo y consejos

La importancia del plazo en las becas de colaboración

El hecho de cumplir los requisitos dentro del plazo establecido en la convocatoria es lo que marca la diferencia entre tener la beca concedida o denegada, ya que, como ya dijimos en el anterior post, el que no cumpla los requisitos dentro del plazo establecido en la convocatoria, se quedará fuera y no podrá optar a la beca. 

Así, el art. 6.4 de la convocatoria, establece que: Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades (facultades, en este caso) la actualización de sus expedientes académicos.”

También queda clara la importancia de la fecha en otros artículos, como el 7.3.f): Para el cumplimiento de los requisitos académicos, sólo serán tenidos en cuenta las calificaciones que figuren anotadas en el expediente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes”.

Y en los art. 6.1 (referido a grados) y art. 6.3 (referido a máster) vuelven a hacer hincapié en que se deben cumplir los requisitos a “la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes”.

En algunas universidades no existe este problema (o lo tienen en menor medida), ya que tienen adelantado el calendario académico y la confirmación de matrícula la hacen en fechas que no les causa ningún problema con las fechas de la convocatoria, incluso a alumnos que tienen que ir a convocatoria extraordinaria.

El problema con los plazos viene para aquellas universidades que aún tienen calendario académico con convocatoria extraordinaria en septiembre. En estos casos, el plazo sí supone un serio problema.

Este curso 18/19, el plazo finaliza el 18 de septiembre.

 El problema que tendrán algunos es que a 18 de septiembre algunas universidades aún están de exámenes de la convocatoria extraordinaria, no han pasado las notas de esos exámenes a los expedientes de los alumnos, hay periodo de matriculación abierto, por lo que muchos alumnos no tienen los créditos necesarios o tienen exámenes pendientes de nota… y tienen que hacer «malabares» para cumplir los requisitos.

(Al final del post, dejo enlaces para comprobar las fechas de matriculación en las distintas universidades españolas).

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Consejos para el caso de que te encuentres en esta situación

  • Estudios de Grado (también aplicable a planes antiguos)

Normalmente, si el alumno aprueba todo en convocatoria ordinaria, lo lleva todo al día, y matricula en el primer plazo que se le de para ello, no debe tener problemas con las fechas. El problema lo van a tener los alumnos que tienen que acudir a convocatoria de septiembre.

Respecto a la SUPERACIÓN DE CRÉDITOS se pueden dar varios supuestos:

  • Alumno que no tiene superado el 75% de la titulación que exige la convocatoria y le hace falta superar alguna asignatura en septiembre para poder llegar a esos créditos. La cosa está complicada ya que, aunque haga el examen a primeros de septiembre y salga la nota y sepa que ha aprobado la asignatura, mientras no se pasen las notas al expediente, no se tendrán en cuenta. Aquí no quedaría otra que hacer todo lo posible para que pasen las actas antes del 18 de septiembre. (Decir que en algunas universidades tienen para pasar las actas de convocatoria extraordinaria hasta los últimos días de septiembre).
  • Alumno que ya tiene superado el 75% de la titulación, pero tiene asignaturas pendientes de exámenes de septiembre para poder estar matriculado de todo lo que le queda para finalizar. En el expediente no puede aparecer ninguna asignatura de formación básica u obligatoria como suspensa, no presentada o pendiente de nota. Aquí el alumno, aparte de la opción recogida en el punto anterior, tiene otra posibilidad y es la de matricular la asignatura suspensa (o no presentada o pendiente de nota) en previsión de que no le pasen la nota al expediente antes del 15 de septiembre y así cumplir con el requisito.    

Muchos alumnos preguntan: «¿Por qué tengo que matricular la asignatura si la voy a aprobar y solo falta pasar la nota? La respuesta es sencilla: Para cumplir con la convocatoria y no tener problema.


  • Alumno que no pueden matricular determinadas asignaturas mientras no apruebe otra asignatura que tiene pendiente de la convocatoria de septiembre (asignaturas “llave”) o le impiden matricular el TFG. Esto tiene mala solución porque si no tienen aprobadas esas asignaturas, aunque le pasen la nota a 18 de septiembre, no tendrán la posibilidad de matricular hasta otro periodo de matriculación posterior. Esto también suele pasar con los alumnos de intercambio Sicue y Erasmus, como veremos más adelante.

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En cuanto a la MATRICULACIÓN: 

Los alumnos deben tener en cuenta que a 18 de septiembre tienen que estar matriculados (haber confirmado la matrícula) de TODO lo que les queda para finalizar la titulación, INCLUIDAS LAS OPTATIVAS. Y digo esto porque hay alumnos que piensan que estas asignaturas no las tienen que matricular pues las van a reconocer créditos durante el curso. Si hacen esto, se quedan irremediablemente sin beca.

También se da el caso de solicitantes que realizan preinscripción a determinadas asignaturas optativas y luego no les dan plaza en ellas y, por tanto, no las pueden matricular a 18 de septiembre. Estos también se quedan sin becaLa solución aquí es ser previsor, solicitar optativas suficientes y matricularse de todas las necesarias. Así no tendrá problemas

Y otro foco de problemas son los alumnos de intercambio (Sicue o Erasmus) o de traslado de expediente. Estos, por supuesto, compiten en las mismas condiciones que el resto de alumnos, y tienen que tener las notas pasadas al expediente de su universidad y estar matriculados de todo lo necesario a 18 de septiembre. Evidentemente, si las notas no están pasadas al expediente para el 18 de septiembre o no están matriculados, no habrá posibilidad de tener la beca.

  • Estudios de Máster 

En estos estudios tenemos el mismo problema con la fecha. El alumno que no haya formalizado su matrícula a 18 de septiembre NO podrá optar a la beca

Es muy importante tener en cuenta que en cada Comunidad Autónoma e, incluso, en cada universidad, puede haber fechas de matriculación distintas, por lo que todo interesado a esta beca debe estar pendiente para cumplir a la fecha indicada. Normalmente, en la mayoría de universidades, los alumnos que entran en las primeras adjudicaciones no tienen problemas con los plazos, pues son anteriores al 18 de septiembre y para esa fecha ya estarán prácticamente todos matriculados.

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Incidiendo en lo que ya referí en el anterior post: para el cumplimiento de los requisitos académicos y de matriculación referidos, NO ES APLICABLE el plazo de subsanación recogido en el art. 10 de la convocatoria. Este artículo solo es aplicable cuando lo que falta es algún documento, copia de expediente académico (en caso de que sea necesaria su presentación) o plantilla del proyecto debidamente valorada por el departamento.

Esto es información general aplicable, a todos los efectos, en todas las universidades. Siempre puede haber casos excepcionales, que se tratarán por la unidad de becas de cada universidad con un estudio individual de cada caso.

Si tenéis alguna pregunta, no dudéis en preguntar.

Este post se publicó  originalmente el curso pasado en dudasbecasmecProblema de plazos en las becas de colaboración

 

FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA DE LAS DISTINTAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS (enlace sacado de la web de la Universidad de Alicante):

GRADOS: http://web.ua.es/es/oia/acceso-preinscripcion-y-matricula/acceso-grados/indice-distritos-universitarios.html

MÁSTERES: http://web.ua.es/es/oia/acceso-preinscripcion-y-matricula/acceso-masteres-oficiales/indice-distritos-universitarios.html

21 respuestas a “Becas de colaboración II: Plazo y consejos

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  1. Buenos días, me gustaría saber si es posible solicitar estas becas si el alumno en cuestión va a realizar un intercambio Erasmus ese mismo curso. Muchas gracias

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    1. Deberías preguntar tanto en el departamento como en tu unidad de becas. Estás becas son para colaborar EN el departamento, presencialmente. Y hay unidades de becas que te pondrán pegas. Y sobre todo, los departamentos.

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      1. Y el ministerio puede poner alguna pega si el departamento está de acuerdo? A qué se refiere con unidades de becas? Muchas gracias

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      2. El ministerio no pone pegas a lo que le mande la universidad.

        Estás becas las resuelve la unidad de becas de tu universidad. Se suman las notas de expediente y del proyecto y se las conceden a los que tengan más nota.

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    1. El proyecto se «trata» con el departamento. Tienes que hablar primero con algún profesor del departamento, indicarle que quieres hacer la beca de colaboración con ellos y que te orienten sobre qué hacer el proyecto o cómo hacerlo.

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  2. Me puse a rellenar mi matricula y me salio en la intranet lo de las becas de colaboración en un departamento concreto y con varios destinos(7 a elegir 4). Será el mismo tipo de beca?.Es de la Universidad de Oviedo. Por otro lado no presenté proyecto(probé sin mucha fe a presentarla), se puede presentar a posteriori?. 4Y por ultimo, ¿hay alguna excepción a los requisitos académicos y de matriculación tipo discapacidad etc?). Se aplica algún cociente reductor?.

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    1. Respecto a los requisitos académicos, ninguna excepcion ni coeficientes reductores. Se trata de una convocatoria en concurrencia competitiva, así que no se pueden hacer.

      No entiendo lo de 7 a elegir 4… No me suena de nada. No sé nada qué se refiere o si es de la misma beca.

      Se podria presentar después siempre que te lo valoren en plazo para su tramitación. (Se supone que si no lo presentas junto con la solicitud, te lo pedirían, pero pregunta en tu unidad de becas por si acaso).

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    1. Se supone que eso sería para el caso de que pidieras varias solicitudes para distintos departamentos, como cada una lleva un ID distinto, poner en cada impreso el ID de la solicitud que corresponda.

      Pero no hay problema. Yo nunca he visto eso relleno en ninguna solicitud, y aparte, no hace falta para nada.

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  3. Hola, ¿alguien sabe si se puede pedir la beca de colaboración en una universidad distinta a la que estás matriculada?
    Por ejemplo: ¿estando matriculada en la Complutense, podría solicitar una beca de colaboración para la Autónoma?

    Gracias

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    1. No, no se puede. Tienes que pedirla en la universidad en la que estás matriculado/a.

      ARt. 5.e): Quienes resulten beneficiarios de esta beca tendrán las siguientes obligaciones:

      e) Prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante ocho meses a contar desde la fecha de incorporación al destino correspondiente, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración en la universidad en la que está matriculado en el curso 2019-2020.

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